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SOCIEDAD DE TASACION
Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos: plusvalía

¿Qué es la plusvalía municipal?

El Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos, más conocido por Plusvalía, grava el incremento del valor del inmueble, atendiendo a los años transcurridos, el valor catastral, su situación... Lo abona el vendedor en el momento de la operación de compraventa (a no ser que se especifique otra cosa en el contrato) y, como los demás, se calcula sobre el valor escriturado de la vivienda.

 

¿Cuándo se paga la plusvalía municipal?

Se aplica cuando se transmite el inmueble, las transmisiones que dan lugar a la plusvalía municipal son la venta de un inmueble, su donación, su legado o herencia.

La plusvalía municipal debe ser abonada en los siguientes plazos, a contar desde la fecha en la de la transmisión:

Venta de un inmueble o donación, el plazo será de 30 días hábiles desde la fecha de venta o donación.

Herencia, el plazo para presentar la plusvalía municipal es de 6 meses desde la fecha de fallecimiento, prorrogables hasta un año.

 

¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía?

Se calcula a través del valor catastral del suelo en el momento de la transmisión, donde se aplica un incremento anual desde la compra y un tipo impositivo determinado por el municipio en el que se encuentre el inmueble, sin tener en cuenta el valor de compra ni el de venta del inmueble.

 

¿Quién paga la plusvalía municipal?

Compraventa, es el vendedor de la vivienda el que paga la plusvalía municipal.

Donaciones es el donatario, el que recibe la donación, la persona que tiene que pagar la plusvalía.

Herencias, serán los herederos los que tengan que pagar este impuesto municipal.

 

¿Cuándo se puede reclamar el impuesto de plusvalía municipal?

Cuando no ha habido incremento del valor del suelo y, sin embargo, dado cómo se realiza el cálculo, ha de pagarse el impuesto.

 

¿Qué necesito para reclamar el impuesto de plusvalía?

Se necesita un informe de valoración donde un tasador- arquitecto  obtenga el valor del suelo sobre el que se encuentra el inmueble objeto del impuesto en el momento de la adquisición y en el de la enajenación y analice si ha habido incremento en el valor del suelo en ese tiempo. Para reclamar el impuesto de plusvalía, puedes contar con el informe de valoración de plusvalía que realizamos en Sociedad de Tasación, tenemos más de 40 años de experiencia en el sector Inmobiliario. Puedes conocer más del informe de plusvalía contactando con nosotros directamente en el email  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.  o a través de nuestro WhatsApp 623349222.


Escrito por el equipo de ST Sociedad de Tasación

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