Es toda revisión de una tasación previa, emitida por la misma entidad tasadora, antes de transcurrir dos años desde su fecha de emisión, en la que acontezcan modificaciones de las advertencias, los condicionantes o cualquiera de los valores que figuren en ella.
El concepto de antigüedad, según la definición de la normativa ECO
Es el número de años transcurridos entre la fecha de construcción de un inmueble o de la última rehabilitación integral del mismo, y la fecha de su valoración.