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De propietarios a inquilinos: gestión de la vivienda como complemento a la pensión

Ser inquilino… ¿en tu propia casa?

De unos años a esta parte, oímos hablar de las diferentes fórmulas de transformar nuestra casa en fuente de ingresos (nuda propiedad, hipoteca inversa, etc.) como la solución financiera más razonable, sencilla y eficaz para tener un mejor nivel de vida en los años posteriores a la jubilación, y como complemento de la pensión. En el siguiente artículo desarrollamos esta nueva forma de vida: de propietarios a inquilinos ¡en nuestra propia casa!

 

España ha sido tradicionalmente un país de propietarios, más que de inquilinos, los cuales han ido convirtiendo sus ahorros en las paredes de su hogar. Si, además, tenemos en cuenta que la pirámide poblacional se está invirtiendo, es decir, mientras continúa aumentando el número de pensionistas, disminuye la ratio trabajador/pensionista, cabe esperar que este tipo de soluciones experimenten un gran auge en los próximos años, pudiendo estar, por lo tanto, ante un potencial cambio de modelo.

Según los datos más recientes de Eurostat, el porcentaje de propietarios en España ha bajado casi 5 puntos (del 79,8% al 75,1%) en el período 2010-2020, mientras el alquiler ha crecido en la misma medida: del 20,2% al 24,9%; aunque estas cifras todavía están muy por debajo de la media europea (30,3%) y muy lejos de los ratios de países como Alemania o Austria, dónde el alquiler representa más del 40%.

 

El cambio de ‘chip’

En los últimos años, y en especial en periodos como el actual de elevada inflación, los salarios o las pensiones contributivas si bien se han visto incrementados de forma gradual, no lo han hecho al mismo ritmo que el coste de vida. Por lo tanto, surge la necesidad de complementar nuestra pensión con otros ingresos adicionales y, por ello, emergen nuevas fórmulas como la nuda propiedad o la hipoteca inversa.

El resultado es que una gran parte de los españoles tenemos nuestros ahorros en casa, es decir, “vivimos en nuestros ahorros” y, en consecuencia, buscamos la fórmula más conveniente de convertirlos en liquidez.

En resumidas cuentas, tratamos de complementar nuestra pensión con el único recurso del que muchas familias disponemos: nuestro propio hogar. Es importante señalar que el hecho de ser propietario, y vender, no merma en absoluto nuestro derecho a recibir una pensión, aunque, lógicamente, sí repercutirá en nuestra declaración de IRPF.

 

Fórmulas que hacen de tu casa un seguro de jubilación

Además de las fórmulas tradicionales (vender o alquilar nuestra casa y adquirir o alquilar otra, normalmente más económica) existen algunas adicionales, no tan extendidas, para hacer de nuestra casa una fuente de ingresos en nuestra jubilación, pero sin tener que abandonarla.

  • Si vendemos el pleno dominio de nuestra casa y nos convertimos en inquilinos por tiempo pactado (toda la vida restante) estaremos efectuando una Venta con Alquiler Garantizado. De esta forma, nos liberaremos de asumir los gastos propios de la propiedad (impuestos, gastos de comunidad, etc.), aunque no podremos dejar la propiedad en herencia.
  • Si vendemos la Nuda Propiedad, recibiremos entre un 50 y un 80% menos del valor de tasación de la casa -dependiendo de factores como la edad, salud, ubicación, etc.-, pero nos aseguraremos el pleno usufructo, bien para vivir en ella, bien para alquilar, percibiendo un doble ingreso. Pero, como en el caso anterior, tampoco podremos legar ese patrimonio a nuestros herederos.
  • Otra alternativa es firmar una Hipoteca Inversa. Esta puede ser convencional, fórmula que nos aporta una renta periódica, ajustada a nuestra edad y valor de tasación de la casa, mientras nos permite permanecer en ella, o incluso alquilarla, y, además, nuestros herederos podrían recuperar el inmueble devolviendo la totalidad del préstamo. O puede ser una Hipoteca inversa con renta vitalicia diferida, es decir, recibimos una renta financiera durante la vida esperada; o con renta vitalicia inmediata, donde la renta es inmediata y se percibe desde el primer día hasta la defunción, con derecho de usufructo (incluyendo la opción de alquilarla).

 

Te recordamos que ST Sociedad de Tasación  es el decano de las tasaciones inmobiliarias oficiales en España; además, somos expertos en todo tipo de valoraciones e informes y estamos presentes en todo el territorio nacional.

Estamos para ayudarte en lo que necesites y, tanto si necesitas una tasación oficial de vivienda o cualquier otro tipo de valoración (herencia, garaje o trastero, fincas rústicas…), valoración de empresa o de su desempeño en sostenibilidad; si necesitas consultar cualquiera de nuestros múltiples estudios de mercado, o sim­plemente hacernos cualquier consulta, puedes contactar con nosotros aquí

 

 


Escrito por el equipo de ST Sociedad de Tasación

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