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Nueva Ley Antitabaco

La nueva ley antitabaco ha sido aprobada por el Congreso de los Diputados en fechas recientes. La nueva norma, que entrará en vigor el 2 de enero de 2011, restringe la posibilidad de fumar en las proximidades de hospitales, parques públicos, en las zonas destinadas a espacios de juegos para la infancia y extiende su prohibición en los espacios interiores como bares, cafeterías y restaurantes.

Esta norma no es bien recibida por el colectivo de fumadores, ni por el sector de la hostelería, que denuncian que su aplicación produciría una reducción en los beneficios en torno al 10%.

La ley del 2006 permitía fumar en espacios expresamente adaptados (para locales mayores de 100 metros2) y fueron muchos los establecimientos que emprendieron reformas para cumplir los requisitos legales. La nueva ley, por tanto, impone una prohibición a un acto anteriormente autorizado para el cual hubieron de realizarse inversiones en los locales.

La lesión económica en aquellos empresarios que realizaron obras parece irremediable. La polémica, por tanto, está servida.

Cualquier acto administrativo autorizado puede ser motivo de indemnización si se anula, como es el caso de las licencias de apertura o actividad en los locales dedicados a hostelería La indemnización tendría que ser equivalente al importe de las inversiones realizadas, pero también debería incluir la pérdida de beneficios producida por efecto de la nueva norma. Para su reclamación, tendrían que acreditarse los gastos de las obras de adaptación de los locales, mediante las facturas del coste de ejecución material, y la disminución de los rendimientos económicos, mediante cuentas de explotación.

Parece sencillo de demostrar, pero en un sector que tributa por módulos y en el que no se suelen llevar cuentas de ingresos y gastos de forma exhaustiva, puede llegar a convertirse en un objetivo imposible de lograr. La adopción de medidas transitorias con reducción de la presión fiscal a la hostelería, podría paliar el quebranto económico de los empresarios de hostelería.

Pero el efecto de la ley no termina aquí. Las expendedurías de tabacos también se verán resentidas así como los puntos de venta de tabaco. La solución es complicada, sin duda la labor de la clase política es compleja cuando se trata de arbitrar normas que afectan a colectivos con intereses contrapuestos.


Escrito por el equipo de ST Sociedad de Tasación

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