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Nueva normativa de certificación energética europea de vivienda

Las viviendas en España deberán adquirir un nivel de eficiencia igual o superior a la letra ‘D’ para alquilarse o venderse antes del 2033

El pasado mes de marzo, la Comisión Europea aprobó una nueva propuesta legislativa por la que todas las viviendas que sean objeto de alquiler o venta deberán tener un Certificado de Eficiencia Energética igual o superior a la letra D antes del 2033.

El actual parque de viviendas español es antiguo e ineficiente; así se deriva de un reciente estudio de Sociedad de Tasación, en el que se constata que más del 80% de los edificios y viviendas españolas tienen una calificación energética igual o inferior a la E. Estas cifras demuestran que queda por delante una intensa tarea de rehabilitación y adecuación a la nueva normativa en nuestro país.

El Certificado de Eficiencia Energética es un documento que reúne aspectos energéticos de una vivienda, como son el consumo energético del inmueble y su nivel de emisiones de CO2. En España, desde junio de 2013, es obligatorio su obtención para vender o alquilar una vivienda o local con más de 50m2; y no tramitarlo supone importantes multas.

El certificado otorga, en función de las emisiones y el ahorro energético de la vivienda, una “calificación energética”, en una escala que va de la “A” a “G”.  El nivel máximo de eficiencia energética viene marcado por la letra ‘A’, que implica el máximo ahorro energético y el nivel mínimo de emisiones. En el otro extremo, se encuentra la letra ‘G’, que indica altos consumos y un nivel importante de emisiones

La nueva Directiva de Eficiencia Energética de la Edificación (EPBD) establece también la neutralidad climática en 2050, lo que implica la transformación de los edificios existentes en edificios de cero emisiones de aquí a 2050. Un objetivo tan ambicioso como complicado de lograr, especialmente en España, que cuenta con un parque de viviendas envejecido y con una escasa cultura de conservación y mantenimiento entre propietarios y compradores y, hasta hace poco, también desde el lado promotor. Un edificio con calificación energética ‘D’, requiere de unas calidades constructivas que, la mayoría de viviendas que se construyeron con anterioridad al año 1980 (el año que cambió la normativa de eficiencia energética y aislamientos), por lo general, no tienen.

Adecuar estos edificios a la nueva normativa requiere de una inversión para la que hay que concienciar a las comunidades de propietarios. Las construcciones de los años 60 y 70, por ejemplo, no disponían de aislamiento en los tabiques y están equipadas, muchas de ellas aún hoy, con sistemas de calefacción contaminantes. Estos detalles, para hacernos una idea, condenan a gran parte de estos edificios a calificaciones ‘F’ o ‘G’.

 

¿Qué establece la normativa de certificación energética española? ¿Qué tipo de inmuebles deben obtener un certificado energético?

La nueva normativa en Certificación Energética, legislada en el Real Decreto 390/2021 que deroga al RD 235/2013, ha modificado sus condiciones en 3 aspectos esenciales:

En primer lugar, se amplía la obligación del certificado energético a todos aquellos edificios de más de 500 m2 que no sean viviendas, y destinados a uso administrativo, comercial, sanitario, residencial público, docente, cultural, recreativo, logístico, hostelero o deportivo; asimismo, a edificios de más de 250m2 ocupados por la administración pública. Además, aquellos inmuebles que deban pasar la Inspección Técnica de Edificios (ITE) y que se vayan a rehabilitar mediante mejoras de eficiencia energética también deberán contar con un certificado.

Además, se mejoran los procesos de supervisión, estableciendo un mínimo de una visita presencial por parte de un técnico al inmueble con una antelación máxima de 3 meses antes de la emisión del certificado.

También ha cambiado el plazo de validez del certificado, que mantendrá su validez máxima de 10 años, excepto en calificaciones energéticas nivel G, que se reducirá a 5 años.

 

¿Se puede mejorar la calificación energética?

Una baja calificación energética no implica, necesariamente una demolición del edificio y construirlo de nuevo. Existen posibilidades de mejorar la calificación energética mediante la adopción de cambios en la vivienda, muchos de ellos a nuestro alcance y, que, además, supondrán mejoras en el confort y la habitabilidad del inmueble.

Así, instalar ventanas con doble acristalamiento mejorará el aislamiento térmico y acústico, de la misma forma que lo hará el aislamiento térmico en paredes, suelos y techos. Estos cambios supondrán un ahorro energético y mejorarán desde el primer día el confort en el edificio.

Del mismo modo, adquirir electrodomésticos y equipos con etiquetas A+ o superiores, o calderas de biomasa, mejorarán nuestra eficiencia energética. También son muy aconsejables los aparatos de bomba de calor, ambivalentes para la climatización en verano y en invierno.

Recuerda, cualquier inversión realizada en la mejora de la eficiencia energética, supone un ahorro  a medio plazo, además de ganar en confort y calidad de vida.

Además, existen ayudas para la rehabilitación por motivos de eficiencia energética que han puesto en marcha las diferentes administraciones públicas, como el Programa de ayudas para la rehabilitación integral de edificios residenciales y viviendas, financiado por la Unión Europea, que espera ayudar a la rehabilitación de más de 500.000 viviendas. Asimismo, exuisten planes de ayudas para la instalación de placas solares, aerotermia, mejora de accesibilidad, de zonas verdes y retirada de amianto, por ejemplo.

 

Te recordamos que ST Sociedad de Tasación  es el decano de las tasaciones inmobiliarias oficiales en España; además, somos expertos en todo tipo de valoraciones e informes y estamos presentes en todo el territorio nacional.

Estamos para ayudarte en lo que necesites y, tanto si necesitas una tasación oficial de vivienda o cualquier otro tipo de valoración (herencia, garaje o trastero, fincas rústicas…), valoración de empresa o de su desempeño en sostenibilidad; si necesitas consultar cualquiera de nuestros múltiples estudios de mercado, o sim­plemente hacernos cualquier consulta, puedes contactar con nosotros aquí

 

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Escrito por el equipo de ST Sociedad de Tasación

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